Nueva Ley de la Policía incluye nuevas faltas graves y sanciones más severas
Bajo el rigor de la disciplina. El efectivo que no pase la manutención a sus hijos, los que mantienen relaciones extramatrimoniales con sus propios compañeros, los que generen escándalo en estado de ebriedad o protagonicen accidentes de tránsito, o los que violenten a su cónyuge o ex cónyuge, serán expulsados en el acto.
Ángel Páez.
En un intento por reducir los actos de corrupción y las conductas indebidas en la Policía Nacional, el Ejecutivo ha introducido numerosas reformas en el Régimen Disciplinario de la institución policial.
Por ejemplo, ha introducido como causal de retiro inmediato del efectivo que al final de año tenga una nota anual de disciplina menor o igual a 52 puntos en dos periodos.
En la anterior ley, se pasaba al retiro al efectivo que recibía una condena mayor de dos años, siempre que se tratara de un delito doloso o culposo.
Con la nueva norma, se eliminó este último condicionante. Basta que exista una sentencia judicial para expulsarlo de la institución, cualquiera sea el delito se entiende. El Ejecutivo no quiere a ningún efectivo condenado entre las filas de la Policía Nacional.
No obstante que el anterior Régimen Disciplinario de la PNP es más o menos reciente –del 13 de mayo del 2009–, ante los últimos episodios de grave indisciplina en la institución policial el Ejecutivo optó por una nueva ley para regular las sanciones dotándolas de mayor severidad.
Con ese propósito, el gobierno ha añadido a las sanciones la disminución del puntaje de la Nota Anual de Disciplina, cuya acumulación podría derivar en el pase al retiro del efectivo.
Así, a la Sanción Simple se le ha agregado la reducción de 8 décimas del puntaje final; a la Sanción de Rigor, un punto y 6 décimas; al pase a la situación de disponibilidad por medida disciplinaria, disminución de 30 puntos por cada año en que el efectivo se mantuvo fuera de actividad; y para el pase a la situación de retiro por medida disciplinaria, el infractor es inscrito en el Registro Nacional de Sanciones Disciplinarias de la PNP.
Además, el Ejecutivo ha ampliado las circunstancias agravantes de los actos que cometen los efectivos. Antes eran solo la reincidencia, protagonizar el hecho con el uniforme o con armas, o cometer la infracción en acto de servicio o instrucción.
Más y mejores oficiales
Ahora también se considera como agravante si lo que perpetra el efectivo "daña gravemente la imagen institucional". Así que los policías tentados por el delito van a tener que pensarlo mil veces antes de romper el reglamento disciplinario (ver recuadro).
Como parte de las reformas en la Policía Nacional, el gobierno además aumentó el tiempo mínimo de servicios que deben cumplir los oficiales y suboficiales de la Policía Nacional que aspiran a ascender al grado inmediato superior.
Ha incrementado de manera considerable el límite de edad como causal de retiro.
Como ha sucedido en el caso de las Fuerzas Armadas, el gobierno quiere retener más tiempo a los efectivos para subsanar la carencia de oficiales experimentados y especializados en la Policía Nacional, en particular en el ámbito de la Seguridad Ciudadana.
Para el ascenso al grado máximo de teniente general, se ha elevado de 31 a 34 años el requisito del tiempo, según la nueva Ley de la Carrera y Situación del Personal de la PNP, sancionada con el Decreto Legislativo Nº 1149.
Para el grado de general, subió de 27 a 30 años, y para coronel de 22 a 24 años.
A diferencia de la norma anterior, la Ley Nº 28857, vigente desde el 2006, el Ejecutivo ha impuesto como requisito que los oficiales cumplan servicios fuera de Lima y Callao. Para el caso del grado de coronel, ahora se exige 5 años como mínimo de labores fuera de la capital del país; para comandante, 5 años; para mayor, 3 años; capitán, 2 años; y para teniente, un año.
Respecto al límite de edad en el grado como causal de retiro, se ha ampliado en todos los grados, tanto de oficiales como de suboficiales.
Antes, si un teniente general PNP llegaba a los 61 años, pasaba al retiro por límite de edad. Ahora será a los 66 años. Un lustro más. En el caso de general, pasa de 60 a 64 años; de coronel, de 59 a 61 años; de comandante, de 57 a 59 años; y de mayor, de 53 a 54 años. También, como en el caso de los oficiales de las Fuerzas Armadas, los efectivos de la PNP pasarán al retiro luego de 40 años de servicios, cinco más respecto a la norma anterior.
Se amplían las faltas graves y muy graves como causales de expulsión
Como faltas graves que afectan la imagen institucional, y pueden considerarse como causales de pase al retiro, el Ejecutivo ha contemplado: efectuar o intervenir en actividades que denigren la autoridad policial.
Además, incumplir con las obligaciones familiares alimentarias y causar escándalo en estado etílico.
Afectar física o psicológicamente a los padres, cónyuge o ex cónyuge, conviviente o ex conviviente e hijos o personas a su cargo es considerado falta grave.
Son faltas graves también las relaciones extramatrimoniales entre efectivos policiales y que generan escándalo y dañen la reputación e imagen de la PNP.
Y como faltas muy graves se considera: cometer accidentes de tránsito bajo los efectos del alcohol y las drogas; promover paros o huelgas; filtrar a la prensa documentos internos; cometer delitos flagrante; y tener relaciones con personas del mismo sexo.
Fuente: LA REPUBLICA