martes, 26 de febrero de 2013

DERECHO AMBIENTAL Y LA REINCIDENCIA

OEFA. FIJAN CRITERIOS PARA CALIFICACIÓN
Rigor ante reincidencia
 
 
Organismo considerará las infracciones realizadas en los cuatro años anteriores:
 
El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), adscrito al Ministerio del Ambiente, estableció los criterios que se aplicarán para calificar como reincidentes a los infractores ambientales bajo el ámbito de su competencia, mediante la Resolución Nº 020-2013-OEFA/PCD.
 
Así, ante la ausencia de un plazo legal para la determinación de una reincidencia en materia de infracciones administrativas, se fijó que para dicha calificación se atenderá las que el autor haya realizado en los cuatro años anteriores. El objetivo es permitir a la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos y al Tribunal de Fiscalización Ambiental calificar como reincidentes a los infractores ambientales en el marco de un proceso administrativo sancionador en la OEFA.
 
Fuente: LA REPUBLICA

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