PRECEDENTE. SEGÚN SALA ESPECIALIZADA EN DERECHO CONSTITUCIONAL DE LAMBAYEQUE
Acumularán períodos laborados en casos de fusiones
Al seguir la explotación del negocio y la prestación de servicios del trabajador

Según el tribunal, en el marco de una fusión por absorción, si la empresa absorbente sigue la explotación del negocio en las mismas condiciones que la empresa absorbida y realiza la misma actividad, permanece la unidad económica y social que constituye la empresa.
En este contexto, si un trabajador ha prestado servicios personales, subordinados y remunerados tanto para la empresa absorbente como para la absorbida, existe continuidad de sus labores en ambas empresas, debiendo resguardarse sus derechos, pues él resulta ajeno a estos cambios.
"Debe protegerse derechos del trabajador, pues resulta ajeno a cambios en la organización. "
Fuente: EL PERUANO
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