ACCIONES.
ELIMINAN BARRERAS PARA RECLAMO DE USUARIOS
Facilitan
denuncias contra inmobiliarias.
Recibo de pago
por derecho de trámite ya no será requisito en la presentación de quejas.
En adelante, el recibo de pago por
derecho de trámites ya no será requisito para la presentación de denuncias
contra la actuación de los agentes inmobiliarios, de conformidad con el DS Nº
008-2012-Vivienda, que modifica el reglamento de la Ley de creación del
registro del agente inmobiliario.
Según el Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, la exigencia del recibo de pago por derecho de
trámite, que tampoco había sido regulado, no limitaba el derecho de los
intermediados a formular estos reclamos, sino que también obstaculizaba sus
labores para verificar la magnitud de las infracciones que pudieran estar
afectando a los usuarios del servicio prestado por los citados agentes.
En consecuencia, ahora cualquier
persona podrá presentar estas denuncias ante la Dirección Nacional
de Vivienda. Para ello, adjuntarán un escrito con la identificación y
ubicación del denunciante y denunciado; los actos materia de la denuncia
expuestos en forma detallada y coherente; y, de conocer, el tipo de
infracción. Además, la documentación que sustente la denuncia; detalle de la
evidencia con sus características; o lugar de ubicación para acceder a ella;
y, la firma o huella digital del denunciante.
EL PERUANO
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