PRECISIONES EN NOTIFICACIONES
PJ delimita ámbito territorial
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) estableció el ámbito territorial donde las partes procesales y/o sus abogados deberán señalar el domicilio procesal para efecto de las notificaciones.
Así, las partes procesales y/o sus abogados deben señalar expresa y obligatoriamente en el primer escrito que presenten ante la Corte Suprema su domicilio procesal dentro de este radio urbano.
La notificación es uno de los actos procesales de mayor trascendencia en el proceso judicial, cuyo objeto es poner en conocimiento de las partes el contenido de las resoluciones que se expiden.
No hay comentarios:
Publicar un comentario