El daño mental por violación sexual
Sylvia Jacqueline Sack Ramos Fiscal provincial penal de Lima
En octubre del año pasado, por medio de una comisión especial designada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1201-2009-MP-FN, se creó la Guía de valorización al daño psíquico en víctimas adultas en violencia familiar, sexual, tortura, entre otros delitos.
Esa comisión estuvo integrada por psicólogos y psiquiatras del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público, así como expertos nacionales e internacionales
La resolución fue publicada en noviembre del año pasado.
Dicha guía resulta muy beneficiosa para las víctimas, sobre todo para las que han sufrido violación sexual, ya que establece un método para poder valorar el daño psíquico con la siguiente escala: daño psicológico leve, moderado, grave y muy grave. De este modo, se aplicará al agresor una pena proporcional.
La aplicación del Código Penal vigente desde 1991 presentaba dificultades para tipificar y sancionar el delito de lesiones a la salud mental o física, porque ofrecía un gran vacío en cuanto a la gravedad o levedad de los daños referidos.
Pese a que vivimos en una sociedad donde cada vez son mayores los casos de violación sexual, hasta hace poco no se presentaban denuncias por lesiones a la salud mental como consecuencia de abuso sexual.
Con la ayuda de la mencionada guía, para poder evaluar a estas víctimas de violencia sexual, se deberá de tener en cuenta lo siguiente:
-La personalidad de la víctima antes y después de los hechos violentos que produjeron el daño.
-La cultura y economía de la víctima, al momento de sufrir el daño psíquico.
-Las características del lugar donde ocurrió la violencia, evento violento.
-Cómo ha evolucionado la víctima que sufrió el hecho violento antes, en el momento de los hechos y después.
-La aparición de los signos traumáticos en la víctima relacionados con el hecho violento y si se trata de un cuadro agudo, crónico, con secuelas o reagudizaciones, entre otros
-Cómo es su relación psicosocial con su pareja, familia, su comportamiento sexual, social, laboral, académico del examinado.
Todos estos puntos deben de tomarse en cuenta obligatoriamente al momento de la evaluación en la víctima.
Como vemos, ahora sí es posible denunciar al agresor o agresores por el delito de daños sicológicos y mentales contra las víctimas de violación sexual, violencia familiar, secuestro, tortura, entre otros. La autoridad pertinente, luego de las pericias, podrá ahora no solo sancionar al autor de los ilícitos penales, sino también establecer una proporcional indemnización a favor de la víctima.
Referencia: El Perua
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