Flexibilizan
exigencias para compensación de deudas
Medida
será de aplicación inmediata para las peticiones en trámite
Promueven
responsabilidad fiscal. La Sunat flexibilizó las exigencias para solicitar la
compensación a solicitud de parte de las deudas tributarias, mediante la RS Nº 039-2012-SUNAT.
En consecuencia,
determinó que el deudor tributario podrá solicitar la compensación aun cuando
existan procedimientos contenciosos y no contenciosos en trámite sobre la
deuda por compensar. La norma será de aplicación inmediata a las solicitudes
de compensación en trámite y pendientes de resolución.
La administración
tributaria, de esa manera, modificó los artículos 5 y 7 de la RS Nº 175-2007/Sunat, que
establecen los requisitos y condiciones para tramitar la compensación a
solicitud de parte de la deuda fiscal.
Según el Código
Tributario, la deuda fiscal podrá compensarse total o parcialmente con los
créditos por tributos y otros conceptos pagados en exceso o indebidamente,
siempre y cuando correspondan a períodos no prescritos, sean administrados
por el mismo órgano y cuya recaudación constituya ingreso de una misma
entidad.
EL PERUANO
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