UNAT ADOPTA NUEVAS MEDIDAS
Agilizan atención para devolución de drawback
Entidad amplía de 2 a 5 días el plazo para la subsanación de errores.
Diversas medidas de corto y mediano plazos aprobó la administración tributaria con el propósito de agilizar la atención a las solicitudes de restitución de derechos arancelarios, conocidos también como drawback, así como mejorar su presentación por parte de los usuarios de comercio exterior.
En ese contexto, entre las acciones de corto plazo que la Sunat llevará a cabo se encuentra la capacitación al usuario (productor-exportador) sobre los rechazos de mayor incidencia, diferenciando los errores no subsanables. Igualmente, la ampliación de 2 a 5 días del plazo para la subsanación de errores, y la armonización de indicadores de riesgo a nivel nacional (lo que excepcionalmente sostendrá el pedido de información complementaria).
Mientras que al mediano plazo, la Sunat viene trabajando intensamente en el proyecto Drawback Web, el cual consiste en desarrollar una plataforma, con acceso desde cualquier equipo informático a escala nacional las 24 horas del día. El nuevo sistema funcionará con la Clave SOL y permitirá realizar las validaciones necesarias “en línea” y a través de documentación digitalizada.
El abono del monto a restituir se realizará directamente en la cuenta bancaria del solicitante, eliminando trámites innecesarios (emisión de cheques, presentación física de documentos, entre otros).
Para la viabilidad de estas acciones, la Sunat solicitó a los exportadores que concurran a los programas de capacitación; observen los plazos para la presentación de solicitudes a fin de evitar incumplimientos fijados en las normas; y, finalmente, participar en las pruebas que se realizarán para la implementación del Drawback Web durante noviembre y diciembre próximos.
Beneficios
La restitución de derechos arancelarios, establecida en el DS Nº 104-95-EF, permite obtener la devolución del 5% valor FOB del producto exportado.
Este modelo se sostiene en que el costo de producción aumenta por los derechos arancelarios que gravan la importación de insumos incorporados o consumidos en la producción del bien exportado. Alcanzaría a las empresas productoras-exportadoras.
Fuente: EL PERUANO
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