sábado, 31 de mayo de 2014

Desalojarán a inquilinos morosos en solo 15 días

Desalojarán a inquilinos morosos en solo 15 días

Los propietarios de inmuebles podrán solicitar el desalojo de los inquilinos morosos en un plazo de 15 días y así evitar los trámites judiciales que podían durar hasta tres años, luego que el Poder Ejecutivo promulgara la Ley que crea el Registro de Deudores Judiciales Morosos.
La norma, publicada ayer en El Peruano, señala que en los contratos de arrendamiento ante un notario o juez de paz, que contengan el allanamiento del arrendatario por falta de pago, el juez dará un plazo de seis días al inquilino para el pago correspondiente. Vencido el plazo establecido sin que se acredite el pago, el juez ordenará el desalojo en 15 días hábiles.
Estas modificaciones se aplicarán inmediatamente a los procesos judiciales en los cuales aún no se haya requerido al deudor ejecutado el señalamiento de bienes libres o parcialmente gravados.
El dispositivo legal crea el Registro de Deudores Judiciales Morosos, en el que serán incluidos, a pedido del ejecutante, todos los deudores que no cumplan con los pagos pese al mandato del juez.
Fuente: EXPRESO

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