TC: Se puede acudir al Poder Judicial para cuestionar los traslados a la Ley Servir
El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional parte de la Ley Servir y, con ello, los trabajadores que opten por migrar voluntariamente al nuevo régimen podrán cuestionar y solicitar su retorno al régimen laboral anterior al que pertenecían en el Poder Judicial. Pero desestimó los otros cuestionamientos a la norma.
En ese sentido, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) destacó que el TC se pronunciara a favor de los aspectos más importantes de la ley como la evaluación, la meritocracia, las garantías para evitar ceses masivos, entre otros. "También se respalda la orientación de la ley hacia un servicio de calidad al ciudadano a través de las mejoras en el servicio público", señala el comunicado de Servir.
El magistrado del TC, Carlos Mesía, explicó que al no alcanzar consenso en los otros puntos se declaró constitucional el resto de la norma. "Pero en lo referente a la migración al nuevo régimen, la norma no permitía que las decisiones posteriores puedan ser impugnadas, es como decir la persona no podía ir al Poder Judicial para pedir justicia, ese es el único punto en el que hubo total consenso", indicó.
En cuanto a los demás aspectos, tres jueces apoyaban que todos los servidores debían pasar a la Ley Servir, estaban a favor de la sindicalización, etc; pero los otros tres no.
El TC no alcanzó el número de votos (5) para sentar una posición sobre la exclusión de las remuneraciones de las negociaciones colectivas en el sector público. Tampoco se llegó a un consenso con respecto a las entidades exceptuadas de la aplicación de la ley como los miembros del Banco Central de Reserva, el Congreso, la Contraloría, entre otros.
CLAVE
Hay que recordar que esta sentencia presenta las rúbricas de los magistrados Carlos Mesía, Juan Vergara y Fernando Calle, quienes dejarán el cargo en unos días, en vista de que el miércoles se eligió a los nuevos seis magistrados del TC.
Fuente: LA REPUBLICA
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