Magistrados argumentan que si amparan dicho pedido le abrirían la puerta al matrimonio igualitario
Carlos Hinostroza
El Tribunal Constitucional(TC) declaró infundada la acción de amparo interpuesta por un transexual contra el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), que solicitaba el cambio de sexo a femenino en su documento nacional de identidad y partida de nacimiento.
El recurso fue presentado por el transexual cuyo nombre responde a las iniciales P.E.M.N.
El máximo organismo de control constitucional señaló, en su sentencia emitida el 18 de marzo pasado, que P.E.M.M. “no presenta un caso de intersexualidad o hermafroditismo que, al momento de registrar su sexo, haya ocasionado un error que deba ser rectificado”.
“Se trata de una persona transexual; es decir, de alguien que muestra una incongruencia entre lo psíquico y lo orgánico en relación a su sexo, que la Organización Mundial de la Salud (OMS) clasifica dentro de los trastornos de la personalidad y del comportamiento”, argumentó el TC.
La sentencia manifiesta que “la pretensión de la demandante puede identificarse con aquellas tendencias que intentan romper con el modelo que afirma que el derecho debe proteger jurídicamente lo que viene dado por la naturaleza humana”.
“Mientras no haya certeza científica de que la cirugía transexual es el tratamiento más eficaz para el transexualismo y que, realizada ella, debe prevalecer legalmente el sexo psicológico sobre el biológico, el derecho no puede abandonar la realidad científica de que el sexo de la persona es su sexo biológico”, dice una parte de la resolución.
Sin embargo, la explicación a la decisión del colegiado de control constitucional es más complejo de lo que aparenta.
LA EXCUSA
En una de las páginas de la resolución del TC estaría la clave de este polémico fallo. Se trata de un asunto mayor, el del matrimonio igualitario.
Y es que el riesgo que ve el tribunal en la pretensión del transexual demandante es que, de haberse admitido, hubiera introducido en el ordenamiento jurídico nacional la figura del matrimonio igualitario o de personas del mismo sexo.
Para el TC, ese escenario habría significado incurrir “en un activismo judicial que contravendría los principios de separación de poderes (…) pues tal matrimonio en razón de comprometer toda una concepción del derecho de familia debe ser ampliamente debatido por los ciudadanos y los congresistas como sus representantes”.
“P.E.M.M. podría reclamar cuanto sea inherente a la condición legal de mujer, y un transexual operado, a pesar del cambio externo, sigue teniendo el mismo sexo cromosómico”, indica el TC.
Finalmente, el tribunal consideró que el derecho a la identidad de P.E.M.M. se encuentra debidamente protegido con el cambio de prenombre de J.L. al prenombre femenino de P.E., al señalar que en tutela del derecho a la identidad “puede admitirse el cambio de prenombre, pero mantenerse intangible un elemento de identidad como el sexo de la persona”.
CRÍTICAS AL TC
P.E.M.M. dio inicio a esta batalla legal hace seis años, en el Reniec.
El 23 de agosto del 2010, P.E.M.M. y su abogado, Rafael Ynga Zevallos, interpusieron una acción de amparo ante el Juzgado Civil de la región San Martín, y en mayo del 2012, el juez Félix Ramírez Sánchez ordenó al Reniec registrar en el DNI y la partida de nacimiento del demandante el cambio de su sexo.
El registro de identidad apeló esa decisión y la Sala Mixta Descentralizada de Tarapoto, integrada por los jueces Juan Diego Montenegro Muguerza, Ana María Fernandini Díaz y Óscar Sandoval Aguilar, revocó la sentencia de primera instancia.
Por eso, Ynga Zevallos y su patrocinado acudieron al TC en enero del año pasado.
Ayer, conocida la sentencia, la bailarina Naamín Timoyco cuestionó el rechazo del pedido del transexual.
“No me parece que le hayan denegado ese derecho a Estela, porque se ha comprobado definitivamente que se ha realizado el cambio de género completo, o sea con órganos genitales”, dijo.
Timoyco, quien pasó a llamarse oficialmente Naamin Cárdenas Calderón tras un fallo judicial del 2012, recordó en canal N que le tocó batallar ocho años para que el Estado le reconozca su verdadero género sexual.
“Estuve presente en muchas audiencias, me realizaron un peritaje de verificación de sexo con los médicos asignados por el Poder Judicial y los que me realizaron la operación”, recordó.
EL DATO
Los magistrados que votaron en contra de la acción de amparo fueron Óscar Urviola Hani, Juan Vergara Gotelli, Fernando Calle Hayen y Ernesto Álvarez Miranda.
Fuente: DIARIO 16
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