EN EL RÉGIMEN D. LEG. 276
Suprema ratifica vía procedimental
El trabajador sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276 que sufre un daño por ejecutar obligaciones provenientes de su vínculo con su empleador puede optar por la vía contenciosa administrativa o la civil para obtener el resarcimiento correspondiente.
La Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema fijó este criterio jurisprudencial mediante la sentencia recaída en la Casación N° 209-2013 Lima en virtud de la cual se declara fundado dicho recurso interpuesto en el marco de un proceso de indemnización por daños y perjuicios.
En el caso de que el trabajador opte por la vía civil, el colegiado considera que es perfectamente factible que el análisis de los hechos para determinar la existencia o inexistencia de responsabilidad pueda ser realizado teniendo como premisa las normas correspondientes a la responsabilidad civil.
Más aún si el daño que el trabajador demandante imputa a su empleador proviene no estrictamente de la ejecución del vínculo laboral existente entre ambos, sino precisamente de la arbitraria finalización del mismo que efectuó la parte demandada, detalla la sala suprema en su sentencia
Fuente: EL PERUANO
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