viernes, 5 de octubre de 2012

Incremento de jubilación por cónyuge o hijo

Sepa los documentos que debe presentar ante la ONP
 

Existe un procedimiento cuya finalidad es obtener un incremento de la pensión de jubilación por cónyuge o hijo. Sin embargo, hay personas que desconocen este beneficio, y por lo tanto, no han podido acceder a él. Por ello, le invitamos a realizar el trámite.
 
Fuentes de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) informaron que cualquier pensionista puede acceder a esta ventaja, sin necesidad de cumplir con algún requisito específico. “El beneficio está dirigido para todos, todos pueden acceder a él”, explicaron.

Documentos generales:

*Copia simple legible del DNI. En caso de extranjeros, copia de Carné de Extranjería o Pasaporte del cónyuge.

* Poder General, si la solicitud es presentada por un tercero.

* Poder Especial, si se faculta al apoderado a firmar Declaraciones Juradas. En estos casos se debe adjuntar copia simple del DNI de la persona que presenta la solicitud, del apoderado y del poderdante, según corresponda.

Incremento por cónyuge:

* Partida o Acta de Matrimonio Civil de reciente expedición (máximo 3 meses de antigüedad).

* Declaración Jurada de Dependencia Económica del Cónyuge.

Incremento por hijos:

* Partida o Acta de Nacimiento de reciente expedición (máximo 3 meses de antigüedad) de hijos menores de 18 años, hijos inválidos e hijos mayores de 18 que estudian.

* Certificado médico de hijos inválidos, si los hubiera, expedido por una comisión médica de EPS, EsSalud o MINSA.

* Certificado(s) y/o Constancia de Estudios ininterrumpidos de nivel básico o superior de hijos mayores de 18 años, precisando el período (día, mes y año) de estudios que cursa.

Para hacer el trámite, tendrá que acercarse a la Oficina de atención de la ONP correspondiente.
 
Fuente: diario el Men

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