domingo, 21 de octubre de 2012

Ley del Contrato de Seguro favorece al consumidor

ASPEC. ESPERA QUE EN BREVE SEA PROMULGADA

Ley del Contrato de Seguro favorece al consumidor

Propuesta aprobada en Congreso recoge derecho de arrepentimiento.

Póliza deberá sujetarse a condiciones mínimas que apruebe la SBS.


La Ley del Contrato de Seguro aprobada por el pleno del Congreso de la República protege los derechos de los asegurados en la medida en que introduce en la normatividad vigente disposiciones favorables a los consumidores.
 
El presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), Crisólogo Cáceres, detalló que el texto de la misma establece –por ejemplo– el derecho de arrepentimiento del consumidor en el caso de las ventas de seguros realizadas fuera del local de la empresa.
 
"En esta situación el consumidor podrá resolver el contrato de seguro, sin expresión de causa, dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que recibió la póliza", agregó.
 
Además, se establece la prohibición de modificar las condiciones del contrato sin la aprobación previa del consumidor, quien tendría derecho a analizar la modificación planteada por 30 días desde que le sea comunicada.
 
Otras prohibiciones
 
En opinión del presidente de la Aspec también es favorable al consumidor –en este caso el asegurado– que se haya prohibido tanto las cláusulas abusivas, las cuales se consideran nulas, como las prácticas abusivas, entre ellas la imposición de celebrar el contrato o de elegir una empresa aseguradora determinada.
 
Se define a las cláusulas abusivas como las estipulaciones no negociadas que, aun cuando no hayan sido observadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), causen en contra de las exigencias de la máxima buena fe, en perjuicio del asegurado, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato.
 
Cáceres se mostró de acuerdo con el texto de la Ley del Contrato de Seguro recientemente aprobada en el Parlamento y espera que en breve sea promulgada por el presidente de la República.
 
Establecen lineamientos
 
En cuanto a las pólizas, Cáceres sostuvo que en el texto de la ley aprobada se precisa que éstas deberán sujetarse a las condiciones mínimas y/o cláusulas que aprobará la SBS.
Además, se establece la aplicación del Código de Protección y Defensa del Consumidor a los contratos de seguros.
 
A su juicio también es bueno que se haya precisado que los términos confusos del contrato de seguro se entenderán a favor del asegurado.
 
Materias:
 
1 La norma aprobada regula la reticencia y/o declaración inexacta, así como la agravación y disminución del riesgo.
 
2 Consagra disposiciones vinculadas a los seguros de vida, salud, y directrices para el contrato de reaseguro.
 
3 Una de sus disposiciones complementarias deroga artículos del Código de Comercio.
 
Fuente: El Peruano

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