domingo, 27 de julio de 2014

LA MULTA POR MALA CONDUCTA EN EL DESARROLLO DE UN PROCESO - RA Nº 177-2014-CEPJ

Judicatura efectivizará cobranza de las multas
El Poder Judicial aprobó un nuevo procedimiento para la cobranza de multas impuestas por la judicatura peruana, mediante la RA Nº 177-2014-CEPJ.
El objeto es optimizar el desarrollo del proceso de cobranza de multas sancionadas por los jueces a las partes o terceros intervinientes en un proceso, ya sea por quebrantar el principio de conducta procesal, por incumplir sus mandatos y/o en los casos que taxativamente señala la ley.
La multa, de esa manera, tendrá como propósito desalentar conductas que no contribuyan con el desarrollo normal del proceso. Por tanto, al efectivizar su cobranza, la judicatura espera motivar a que las partes respeten los mandatos judiciales.
Por ello, se ha procedido al establecimiento de procedimientos que permitan regular el registro de multas y efectivizar su cobranza a través de una Secretaría de Cobranza de Multas (Secom), y del uso de una herramienta informática, que posibilite brindar información real y actualizada respecto al estado, cantidad y ejecución de las multas.
Fuente: El Peruano

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