La identificación de un predio materia de la publicación exigida para el saneamiento de bienes a favor del estado es suficiente si existen elementos necesarios para lograr su individualización y diferenciación frente a otros predios, resguardando el derecho de ejercer la oposición en defensa de la propiedad. Para leer la resolución dar un click en el link: http://www.dialogoconlajurisprudencia.com/boletines-dialogo/ar-boletin/sunarp2-220714.pdf |
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domingo, 27 de julio de 2014
PRONUNCIAMIENTO RELEVANTE DEL TRIBUNAL REGISTRAL: Res: 106-2014-SUNARP-TR-A
Res: 106-2014-SUNARP-TR-A
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