DICTAMEN. SE RESPETARÁ DERECHO DE NIÑOS CONCEBIDOS FUERA DEL MATRIMONIO
Madres podrán impugnar paternidad de hijos
Comisión de la Mujer del Congreso acordó modificar el Código Civil
Las madres podrán impugnar la paternidad de los hijos concebidos fuera del matrimonio, de tal manera que ya no se reconocerá como padre del menor al esposo, tal como sucede en la actualidad.
Así lo establece un dictamen aprobado por la Comisión de la Mujer y Familia del Parlamento, por el cual se establece la modificación de los artículos del Código Civil, relacionados con la negación de la paternidad y reconocimiento de hijo extramatrimonial de mujer casada.
La acción debe ser interpuesta por la madre (en representación del niño) en un plazo de un año, contado desde el día siguiente del parto.
El proyecto aprobado se orienta, según sus defensores, a solucionar los problemas vinculados al tema del hijo de mujer casada, cuyo padre, de acuerdo a ley es el esposo, aun cuando biológicamente la paternidad le corresponde a otra persona.
El dictamen aprobado permite de igual manera que el padre pueda impugnar la paternidad del niño, cuando tiene dudas respecto a su ascendencia con el menor.
Esa figura se dará básicamente cuando el niño nace antes de cumplidos los 180 días siguientes a la celebración del matrimonio o cuando la pareja está judicialmente separada.
Referencia: EL PERUANO
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